Términos y Condiciones de Uso
Magnus Chile SpA | Última actualización: 8 de octubre de 2026
Operador de la Plataforma: Magnus Chile SpA, con domicilio en Alonso de Córdova 3788, Piso 3, Vitacura, Santiago, Chile (en adelante, "Magnus").
Estos Términos y Condiciones ("T&C") regulan el acceso y uso del sitio web www.soymagnus.com y los servicios asociados (la "Plataforma").
1. Aceptación y alcance
1.1. Al navegar, pre-registrarte, solicitar una evaluación o usar la Plataforma, aceptas estos T&C.
1.2. Estos T&C regulan solo: (i) el uso de la Plataforma; y (ii) el servicio de orientación, evaluación y coordinación que presta Magnus.
1.3. Los contratos definitivos (oferta escrita, promesa, compraventa de la nuda propiedad, constitución del usufructo vitalicio, instrumentos de pago del precio, y otros) se suscriben por separado y prevalecen sobre estos T&C en caso de contradicción.
2. Pre-registro y simulaciones: no vinculantes
2.1. El "Pre-registro" es una manifestación de interés no vinculante: no obliga al Usuario a vender, ni obliga a Magnus ni a la Sociedad Compradora a hacer una oferta ni a concretar una Operación.
2.2. Ninguna operación se entiende acordada hasta la firma de los documentos definitivos correspondientes.
2.3. Las simulaciones, ejemplos y cifras de la Plataforma son referenciales y no constituyen una oferta. La oferta se entrega por escrito y depende, entre otros factores, de la tasación independiente de la Propiedad y del estudio de títulos.
3. Definiciones
- Usuario: persona natural mayor de 18 años que utiliza la Plataforma.
- Propietario: Usuario que declara ser dueño de un inmueble y solicita evaluación.
- Propiedad: inmueble habitacional ubicado en Chile, individualizado por dirección y Rol de Avalúo.
- Sociedad Compradora: sociedad de propiedad de Magnus FIP Vitalicio, fondo de inversión privado regido por la Ley 20.712 y su reglamento interno, que adquiere la nuda propiedad de la Propiedad en la Operación. Los fondos de inversión privados no son fiscalizados por la CMF.
- Valorización / Tasación: estimación del valor del inmueble (referencial hasta la tasación independiente y el due diligence).
- Operación: compraventa de la nuda propiedad de la Propiedad a la Sociedad Compradora y constitución de un usufructo vitalicio a favor del Propietario, que le permite vivir en la Propiedad de por vida.
- Cuotas Mensuales: cuotas en UF en que se paga el precio de la compraventa (saldo de precio), todos los meses mientras viva el Propietario, sin pie.
- Cuotas Garantizadas: las primeras 84 Cuotas Mensuales (7 años, "período cierto"), que se pagan aunque el Propietario fallezca antes de recibirlas, conforme a la cláusula 9.
4. Rol de Magnus
4.1. Magnus es la empresa que atiende al Usuario: orienta, recopila antecedentes, hace la evaluación preliminar, coordina la tasación y los estudios de título y acompaña el proceso hasta la firma. La compra la realiza la Sociedad Compradora. Una vez firmada la Operación, Magnus presta servicios de administración en los términos de los contratos definitivos.
4.2. Magnus no garantiza: (i) que la Propiedad califique; (ii) que exista oferta; (iii) el monto de las Cuotas Mensuales u otras condiciones específicas; ni (iv) que se concrete una Operación.
4.3. Magnus puede apoyarse en terceros (tasadores, abogados, notarías, conservadores, proveedores tecnológicos) para ejecutar el proceso.
5. Requisitos de elegibilidad
Para avanzar en la evaluación y en una eventual Operación, el Propietario debe cumplir, al menos:
5.1. Tener 75 años o más y capacidad legal para contratar.
5.2. Acreditar dominio vigente y facultades suficientes para enajenar.
5.3. Que la Propiedad esté ubicada en las comunas donde opera Magnus: hoy, Providencia, Las Condes, Vitacura, Lo Barnechea, La Reina y Ñuñoa.
5.4. Por ahora, Magnus trabaja con un solo titular por vivienda. Si tu caso es distinto, escríbenos.
5.5. Que la Propiedad no tenga gravámenes ni prohibiciones relevantes. Las viviendas con hipoteca vigente se evalúan caso a caso.
6. Proceso general
El proceso usual incluye:
- Pre-registro o contacto
- Evaluación preliminar (documentos y antecedentes)
- Tasación independiente de la Propiedad
- Oferta por escrito, con el monto de las Cuotas Mensuales y el detalle de los costos de la transacción
- Evaluación psicológica por un profesional independiente (si aplica)
- Due diligence legal (títulos, gravámenes, certificados)
- Envío anticipado de los contratos, para que el Propietario los revise con calma con su abogado y su familia
- Firma de promesa (si aplica)
- Escritura pública de compraventa de la nuda propiedad y constitución del usufructo vitalicio
- Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces
- Inicio del pago de las Cuotas Mensuales conforme a los contratos definitivos
7. Naturaleza de la Operación: nuda propiedad + usufructo vitalicio
7.1. La Operación contempla la transferencia de la nuda propiedad a la Sociedad Compradora y la constitución de un usufructo vitalicio a favor del Propietario.
7.2. El usufructo vitalicio es un derecho real, inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, que permite al Propietario usar y gozar la Propiedad durante toda su vida, en los términos de los contratos definitivos.
7.3. El Usuario reconoce que, conforme al Código Civil, el usufructo se extingue por muerte del usufructuario. Si el Propietario fallece antes de completar las Cuotas Garantizadas, sus herederos podrán usar y gozar la Propiedad hasta completar el mes 84, incluida la facultad de arrendarla, en los términos de los contratos definitivos. Los plazos y condiciones para la entrega de la Propiedad se definen en esos contratos.
7.4. Durante el usufructo, el Propietario puede arrendar la Propiedad y percibir íntegramente las rentas, por ejemplo si se muda a una residencia o a vivir con un familiar. Los arriendos terminan cuando termina el usufructo. Las demás condiciones de uso, las obligaciones de las partes y las reglas de visitas o inspecciones se definen en los contratos definitivos.
7.5. La Operación no es un préstamo: no genera deuda, intereses ni riesgo de remate para el Propietario, y sus herederos no heredan obligaciones con Magnus ni con la Sociedad Compradora.
8. Cuotas Mensuales
8.1. Si se concreta la Operación, el precio se paga íntegramente en Cuotas Mensuales en UF mientras viva el Propietario, sin pie. El monto de las Cuotas Mensuales se fija en la oferta escrita y en los contratos definitivos.
8.2. Las Cuotas Mensuales que recibe el Propietario son netas de la comisión de administración de Magnus (cláusula 11.2).
8.3. La fecha de inicio, la forma de pago y las condiciones de suspensión o término de las Cuotas Mensuales se rigen solo por los contratos definitivos.
8.4. Las garantías de pago y los derechos del Propietario si las Cuotas Mensuales no se pagan se definen en los contratos definitivos, que el Propietario debe revisar con su abogado antes de firmar.
9. Cuotas Garantizadas y familia
9.1. Si el Propietario fallece antes de recibir 84 Cuotas Mensuales (7 años), sus herederos reciben las cuotas que falten para completar 84, en los términos de los contratos definitivos.
9.2. La extinción del usufructo por fallecimiento (cláusula 7.3) no afecta el derecho de los herederos a recibir las cuotas que falten para completar 84, según lo pactado en los contratos definitivos.
9.3. Si el Propietario fallece después de recibir 84 Cuotas Mensuales, los pagos terminan y la Propiedad pertenece a la Sociedad Compradora. Antes de ofrecerla a terceros, la familia tiene la primera opción para comprarla, en las condiciones que fija el contrato. El plazo para entregar la Propiedad, el retiro de enseres, la tasación y la forma y plazo para ejercer esa opción se definen en los contratos definitivos.
9.4. Magnus y/o el pagador podrán requerir verificación documental razonable para pagar a herederos o representantes (por ejemplo, posesión efectiva y documentos de representación).
10. Gastos y obligaciones del Propietario durante el usufructo
10.1. Mientras dure el usufructo, el fondo, a través de la Sociedad Compradora, paga las contribuciones, el seguro de la vivienda y su mantención, en los términos de los contratos definitivos.
10.2. Salvo que los contratos definitivos dispongan otra cosa, el Propietario deberá:
- Pagar los servicios básicos y consumos asociados a su uso (luz, agua, gas y otros).
- Cuidar la Propiedad y avisar oportunamente de daños o desperfectos.
- No ejecutar actos que deterioren la Propiedad por negligencia grave o dolo.
- Permitir inspecciones razonables con aviso previo, en los términos del contrato.
10.3. Quién paga los gastos comunes, cuando existan, se define en los contratos definitivos.
11. Comisiones de Magnus y costos asociados
11.1. Comisión de originación: si se concreta la compraventa, la comisión de Magnus, equivalente al 2% del precio más IVA, la paga el fondo. No se descuenta de las Cuotas Mensuales del Propietario.
11.2. Comisión de administración: Magnus cobra 2,38 UF al mes por administración, que se descuenta de cada Cuota Mensual. Las cuotas que muestra la Plataforma y la oferta escrita ya vienen netas de esta comisión.
11.3. Gastos de terceros: los demás costos de la transacción (por ejemplo, notaría, Conservador de Bienes Raíces, tasación, certificados, estudios de títulos y alzamientos) se detallan por escrito en la oferta, antes de la firma, indicando quién paga cada uno.
12. Término anticipado, salida y situaciones de incumplimiento
12.1. Las reglas de salida anticipada (por ejemplo, renuncia al usufructo, cambio de residencia o acuerdos de término) se rigen por los contratos definitivos.
12.2. Serán causales graves (según lo definan los contratos): uso ilícito de la Propiedad, daño intencional, ocultamiento de información esencial, incumplimientos esenciales reiterados y otros supuestos que afecten los derechos del nudo propietario o del pagador.
12.3. Notificaciones, plazos de corrección y efectos se regirán por los instrumentos definitivos.
13. Responsabilidad y disponibilidad de la Plataforma
13.1. Magnus no responde por demoras o rechazos de terceros (notarías, conservadores, municipalidades, tasadores, etc.), aunque realizará esfuerzos razonables de coordinación.
13.2. La Plataforma puede experimentar interrupciones por mantenciones o fallas; Magnus adoptará medidas razonables para su continuidad y seguridad.
13.3. Nada en estos T&C limita derechos irrenunciables aplicables a consumidores bajo la Ley 19.496.
14. Documentos electrónicos y comunicaciones
14.1. Ciertas comunicaciones y aceptaciones podrán realizarse por medios electrónicos conforme a la Ley 19.799.
14.2. El Usuario acepta recibir comunicaciones al correo o teléfono informado, y se compromete a actualizarlo cuando corresponda.
15. Privacidad y protección de datos
15.1. El tratamiento de datos personales se rige por la Ley 19.628 y, desde el 1 de diciembre de 2026, la Ley 21.719.
15.2. La Política de Privacidad y Protección de Datos es un documento separado, disponible en la Plataforma, que explica qué datos recogemos, para qué los usamos y con quién los compartimos.
15.3. Para ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y, desde el 1 de diciembre de 2026, portabilidad, o para hacer consultas de privacidad, escribe a hola@soymagnus.com.
16. Prevención de fraude y cumplimiento LA/FT
16.1. Para prevenir fraudes y cumplir obligaciones legales, Magnus podrá solicitar verificación de identidad, antecedentes de la Propiedad y otra información, conforme a estándares razonables.
16.2. En caso de inconsistencias relevantes, Magnus podrá suspender o rechazar el proceso.
16.3. La Ley 19.913 crea la UAF y establece un marco en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
17. Propiedad intelectual y usos prohibidos
17.1. Contenidos, marca, software y diseño de la Plataforma son de Magnus o sus licenciantes.
17.2. Se prohíbe: scraping, ingeniería inversa, uso fraudulento, suplantación, vulneración de seguridad o uso ilícito.
18. Modificaciones
18.1. Magnus podrá modificar estos T&C por razones legales u operativas.
18.2. La versión vigente será la publicada en la Plataforma, indicando su fecha de actualización.
19. Ley aplicable y jurisdicción
19.1. Estos T&C se rigen por las leyes de Chile.
19.2. Para Usuarios que califiquen como consumidores, rigen las normas de competencia aplicables conforme a la Ley 19.496; en otros casos, las controversias se someten a los tribunales ordinarios competentes de Santiago.
20. Contacto
Magnus Chile SpA
Domicilio: Alonso de Córdova 3788, Piso 3, Vitacura, Santiago, Chile
Email: hola@soymagnus.com